La obligatoriedad de los preceptos vinculados a la tierra de Israel depende de que el pueblo esté asentado en su país. Pasamos a detallar someramente la historia de la obligatoriedad de los preceptos. Después que la generación proveniente de Egipto conquistara el país y lo repartiera en doce partes según el número de tribus (en el año 2503 del conteo judío desde la creación del mundo) los israelitas pasaron a estar preceptuados de cumplir todos los preceptos vinculados a las labores agrícolas, entre ellos los de la separación de ofrendas y diezmos, el año sabático y el jubileo. Sin embargo, pasaron muchos años hasta que el pueblo de Israel completó el asentamiento del territorio y se afianzó en su heredad, y mientras tanto el Tabernáculo estaba instalado en Shiló y diferentes jueces lideraban temporalmente a la nación. Tras unos cuatrocientos años el profeta Shmuel se erigió como juez de Israel y en virtud de sus esfuerzos se estableció un sistema judicial, se conformó el reino de David y se construyó el Templo de Jerusalém a manos del hijo de David, el rey Shelomó (año 2929). El Templo estuvo en pie cuatrocientos diez años. A raíz del exilio de Israel y la destrucción del Primer Templo quedaron sin efecto los preceptos del año sabático y el jubileo, las ofrendas y los diezmos.
Tras setenta años de exilio en Babilonia, comenzó el proceso de retorno a Sion y construcción del Segundo Templo. Entonces se estableció la Gran Asamblea o Kneset HaGuedolá, que era un gran tribunal de ciento veinte miembros presidido por Ezra el escriba. Ellos establecieron la redacción de las bendiciones y los rezos, volvieron a erigir un sistema judicial y reincorporaron la obligatoriedad de los preceptos del año sabático, ofrendas y diezmos. Sin embargo, dado que la mayoría del pueblo se encontraba en el exilio, la imposición de estos preceptos fue de carácter únicamente rabínico, y así continúa siendo hasta nuestros días.