Volvamos a explicar el precepto de habitar la tierra de Israel, del cual dependen la vida de nuestro pueblo y el cumplimiento de su misión. Además del precepto general, de que la tierra de Israel esté bajo soberanía judía y la mayor parte del pueblo judío la habite, existe el mandamiento individual para cada judío de habitarla. Dijeron nuestros sabios: "Una persona siempre habrá de habitar en la tierra de Israel, aunque se trate de una ciudad de mayoría pagana y no en el extranjero en una ciudad de mayoría judía". El estatus de este precepto se manifiesta en numerosas halajot tales como que en el caso de una discusión entre cónyuges respecto de si mudarse o no a la tierra de Israel, el lado que no desea hacerlo debe ceder, y en caso de no desear hacerlo, la emigración a la tierra de Israel es un causal válido de divorcio en el cual el lado que se niega pierde la suma estipulada en la ketuvá. Asimismo, niños que desean ascender a la tierra de Israel no deben escuchar a sus padres si estos los instan a quedarse en el extranjero, y solamente si estos requieren de asistencia permanente, corresponde evaluar quedarse unos años junto a ellos para asistirlos.
De igual manera, está prohibido abandonar de la tierra de Israel para irse al extranjero, y solamente por motivos importantes tales como estudiar Torá, contraer matrimonio u obtener sustento está permitido hacerlo por un período limitado de tiempo. Hay quienes entienden que está prohibido salir de la tierra de Israel incluso para un corto paseo, y hay quienes sostienen que si se trata de una salida breve no hay prohibición alguna y esa es también mi opinión.