HaShem escogió a Su pueblo Israel para que cumpliera Sus mandamientos en la tierra prometida. No me refiero únicamente a los numerosos preceptos que recaen específicamente sobre la tierra de Israel, los cuales habrán de ser detallados más adelante, sino que esta es el sitio apropiado para la observancia de las leyes de la Torá. Tal como fue dicho: "Pues vosotros vais a pasar el Yardén, para venir a poseer la tierra que vuestro D’s os concede a vosotros, la poseeréis y os asentaréis en ella. Y cuidaréis, para hacer cumplir todos los fueros y las leyes … Estos son los fueros y las leyes que habréis de cuidar para cumplir, en la tierra que ha conferido HaShem, D’s de tus patriarcas, a ti para poseerla; todos los días que vosotros vivís sobre la tierra". (Devarim-Deuteronomio 11:31-12:1). Aparentemente, según esto, en el extranjero, donde no reposa la Divina Presencia, el cumplimiento de la Torá y sus preceptos carece de valor. Sin embargo, aprendimos ya en la Torá que si bien el sitio principal de cumplimiento de los preceptos es la tierra de Israel, cuando salgamos al exilio es nuestro deber continuar observándolos. Y este es el pacto que estableció HaShem con Su pueblo, por efecto del cual, aunque se encuentren en el exilio padeciendo persecuciones, Él no los habrá de rechazar, hará reposar secretamente sobre ellos Su Presencia, dará valor a la Torá y a los preceptos que observen, y por medio de ello sobrevivirán y no serán exterminados, recordando los mandatos de HaShem para poder cumpliros una vez que retornen a la tierra de Israel.