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Los compromisos asumidos en el matrimonio

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Los compromisos asumidos en el matrimonio

Al momento de casarse, el hombre y la mujer se comprometen a unirse con amor y alegría. Este amor incluye por supuesto la responsabilidad recíproca de preocuparse por todos los menesteres del otro, ya que, si se aman de verdad, desean que nada le falte a su pareja, ya sea comida, vestimenta,  vivienda, mobiliario, medicinas o tratamiento médico durante la enfermedad. Nuestros sabios establecieron que en el momento del casamiento el hombre entregue a la novia el documento de la ketuvá (contrato nupcial) en el cual se compromete a mantenerla y satisfacer todos sus menesteres de acuerdo con la práctica aceptada en la época, y en caso de divorciarse de ella le habrá de pagar no menos de doscientos zuz que es la suma necesaria para mantenerse durante un año. En caso de que la novia sea viuda o divorciada, habrá de pagarle al menos cien zuz. Por lo general, en la ketuvá se anotan sumas mayores tomando en consideración la situación económica del novio, el estatus social de la novia y el común deseo de las partes. Cuando la mujer se casó poseyendo bienes, a pesar que estos se han incorporado a la ketuvá, en caso de divorciarse, él se los reintegrará, y por lo general incluyendo un agregado monetario. En caso de que el marido fallezca antes que la mujer, esta habrá de recibir la suma de su ketuvá de la herencia del finado. 

El compromiso de la manutención y por ende el documento nupcial recae sobre el marido, ya que hasta la era moderna el sustento implicaba un duro trabajo físico que era realizado por los hombres. Además, las labores domésticas y el cuidado de los niños que eran responsabilidad de la mujer insumían muchas horas ya que todo se realizaba manualmente, incluido el traer agua a la casa, amasar y hornear el pan, la cocción de los alimentos, la reparación de las vestimentas y su tejido. Por este motivo se adjudicaba el deber de la manutención de la mujer y la familia al hombre.

A cambio del compromiso del marido de proveer los menesteres de su mujer, esta se comprometía a ocuparse de las necesidades hogareñas y del cuidado de los niños, así como también poner a disposición del marido todo dinero que ganara y las propiedades que trajera consigo de la casa de sus padres. Dado que la finalidad del acuerdo económico de la ketuvá es beneficiar a la mujer, en caso de que esta así lo desee, puede dejarlo sin efecto siguiendo el principio de "ni soy mantenida ni pongo a disposición" (einí nizoná veeiní osá), o sea, 'no debes satisfacer mis necesidades económicas y como contraparte todas mis propiedades y el dinero que gano quedan conmigo'. Asimismo, si ambos miembros de la pareja así acuerdan, pueden realizar un acuerdo por medio del cual la mujer se comprometa a mantener al hombre ya que cualquier condición que estipulen en el área económica tiene validez y resulta obligatoria. Sin embargo, si el acuerdo entre ellos exime a una de las partes del precepto de oná en los tiempos fijos establecidos sin que resulte necesaria en cada oportunidad recibir la autorización expresa del cónyuge – el matrimonio quedará anulado, ya que el precepto de las relaciones de pareja son el fundamento del matrimonio.

Estas son las reglas generales y de ellas se derivan numerosas normas, todas ellas destinadas a regular la vida de la pareja en caso de discusiones. Sin embargo, por lo general no se suscitaban discusiones y el marido dirigía los negocios familiares haciendo participar a la mujer de las decisiones, y en la medida que ella entendía mejor la actividad comercial su influencia aumentaba al grado de que en muchos casos la mujer era quien manejaba el negocio familiar. En muchas comunidades se redactaba especialmente un documento de condiciones (shtar tenaím) por el cual los miembros de la pareja se comprometían a manejar sus negocios en sociedad y con plena transparencia. En la actualidad, aunque esto no se haya escrito explícitamente – así es como se debe de proceder.

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