Es preceptivo dormir en la Sucá, incluso un sueño breve o pasajero. Sin embargo, el sueño que sobreviene inintencionalmente o incluso contra la voluntad de la persona así en los viajes como escuchando clases, no se lo considera sueño pasajero y no resulta prohibido tenerlo fuera de la Sucá. Quien sufra por dormir en la Sucá, por ejemplo, si tiende a resfriarse en las noches frescas, o quien no consigue conciliar el sueño en virtud de la tensión que le provoca el entorno diferente – está exento de hacerlo.
A priori, una persona casada debe construir una Sucá en la que pueda dormir junto a su mujer. Si a esta le resulta dificultoso dormir allí, o si no hay espacio suficiente para que ambos pernocten, hay quienes entienden que al hombre se lo considera como quien sufre (mitzta'er) y tiene permitido dormir en su casa junta su esposa. Otras autoridades halájicas entienden que solo cuando ambos cónyuges realmente sufren por no poder dormir juntos – el hombre está exento de dormir en la Sucá. Otras autoridades, entienden que, aunque realmente sufran en virtud de dormir separados, el hombre debe dormir en la Sucá. Se puede cumplir el precepto de oná (contacto sexual regular periódico n. de t.) en la Sucá.