Por lo general, las labores están destinadas a ser duraderas, y quien efectúa una que habrá de tener una existencia temporaria transgrede una prohibición rabínica. Por ejemplo, quien escribe con una pluma o un lápiz realiza una labor prohibida por la Torá, pero quien lo hace con un material que se torna borroso tras un breve lapso – transgrede una prohibición rabínica. Otra regla es que la labor prohibida por la Torá es aquella que reporta algún beneficio, pero efectuar una que no lo implica, por ejemplo, rasgar vestimentas o romper artefactos – está prohibido rabínicamente.
Una labor está prohibida por la Torá cuando se lleva a cabo de un modo habitual (kedarká), y los sabios agregaron un cerco protector a la norma prohibiendo también las labores realizadas de un modo diferente al común (beshinui). La explicación de ello se basa en que según la Torá debemos cesar en la realización de labores y quien la efectúa de un modo diferente al habitual cesa en su quehacer porque no puede trabajar de ese modo. Por ejemplo, quien acostumbra a escribir, atornillar o soldar con la mano derecha, en caso de precisar hacerlo con la mano izquierda habrá de tener un rendimiento diez veces menor, por lo que al hacerlo transgrede únicamente una prohibición rabínica. Otro ejemplo: cuando dos personas empuñan al mismo tiempo una lapicera y escriben, su labor se efectúa de un modo muy diferente al habitual y resulta imposible hacerla de un modo eficiente, por lo que solamente se prohíbe rabínicamente. Otra regla se refiere al causante de la labor que se lleva a cabo de un modo diferente al habitual, esto es, que la acción sea llevada a cabo de un modo indirecto denominado 'grama', caso en el cual estamos ante una transgresión leve de las prohibiciones rabínicas, por lo que ante éste modus operandi se suele adoptar una actitud flexible (ver adelante incisos 20-21).