El orden de la conversión El proceso de la conversión Las intenciones del converso La compleja actitud hacia quienes desean convertirse
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La aceptación de los preceptos

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La aceptación de los preceptos

El fundamento de la conversión es que el prosélito acepte el gran ideal del pueblo de Israel que se concretiza por medio de la Torá y los preceptos. Por lo tanto, si el prosélito dice que en principio no está dispuesto a cumplir un precepto determinado, no se lo convierte. Si de todas maneras es convertido, su conversión es inválida. Por ello, una conversión realizada en el marco de los movimientos reformista o conservador carece de vigencia, ya que su postura básica predica que de acuerdo con la tradición judía no es necesario cumplir con todos los preceptos. Si este 'prosélito' se casa con una judía y luego la deja, ella puede casarse con un judío sin que precise recibir de este el divorcio (guet).

Por otra parte, todo aquel que aceptó sobre sí la Torá y los preceptos conforme la tradición judía, aunque no conozca la mayoría de los mandatos, dado que en principio está interesado en cumplir con todos, su conversión resulta válida. Más aun, aunque en el momento de realizar la conversión el candidato tema que no podrá cumplir todos los preceptos porque quizás su inclinación al mal lo supere o porque la necesidad de obtener el sustento lo obligue a trabajar en Shabat, dado que en principio desea observar todos los preceptos, su conversión es válida. Sin embargo, si es claramente sabido que le miente al tribunal y no tiene la menor intención de observar los preceptos, su conversión queda anulada.                   

Surge la pregunta de cuál es el estatus de un prosélito que no tiene la intención de vivir como una persona observante sino únicamente como una persona tradicionalista. Según la opinión mayoritaria de los juristas, no se lo debe aceptar ya que únicamente se reciben conversos que se comprometen a aceptar sobre si todos los preceptos, incluidos la completa observancia del Shabat, la pureza familiar, la kashrut, los rezos y el recitado de bendiciones. Sin embargo, si el prosélito aceptó observar todos los preceptos y el tribunal decidió aceptarlo, y tras la conversión el prosélito se debilita en su cumplimiento al punto de abandonar la observancia, su estatus es de judío. Pues, así como un judío de nacimiento que no cumple con los preceptos continúa perteneciendo a la nación, de igual manera quien se convirtió de acuerdo a la halajá y deja de observar los preceptos, sigue siendo judío.

Hay opiniones más flexibles que entienden que, aunque el prosélito tenga a priori la intención de vivir como un judío tradicionalista, siempre y cuando su actitud general a la Torá y a los preceptos sea positiva, debe ser aceptado. Primeramente, dado que está interesado en cumplir los preceptos es posible que con el correr del tiempo los observe en su totalidad. En segundo lugar, los preceptos que sí tiene la intención de cumplir son muy numerosos e indican una intención verdadera de sumarse a la misión del pueblo de Israel. Estos incluyen: los preceptos entre el hombre y su prójimo, la circuncisión, el matrimonio, los funerales, el duelo y la ingestión de alimentos kasher. Y aunque no tenga la intención de cumplir todas las leyes del Shabat, piensa no trabajar los sábados y recordar el día sagrado por medio del encendido de velas y el recitado de Kidush así como también celebrar todas las festividades. Si se enrola al ejército de defensa de Israel cumple los preceptos vinculados a al asentamiento en el país y su defensa, que nuestros sabios consideran que equivale en importancia a todos los demás mandamientos. 

En la práctica, también según la opinión más estricta, si un tribunal rabínico decidió proceder según la opinión más flexible y aceptar al prosélito, su conversión resulta válida.